resolución 8 2017 001La Intendencia otorgará un plazo de tres meses a las empresas que tengan habilitaciones comerciales municipales anteriores al 31 de julio de 2010 para que se presenten a iniciar un nuevo trámite. De no hacerlo, “se procederá a revocar la habilitación respectiva”, dice textualmente la resolución.

Las que fueron concedidas antes del 1 de octubre de 2016, no tienen fecha de vencimiento. Los respectivos locales comerciales funcionan con dichas habilitaciones por tiempo indefinido, por lo que pierde vigencia la documentación presentada.

Atento a los informes 169/2017 de la Dirección de Edificaciones y 8/2017 de Asesoría, el Intendente Guillermo Caraballo adoptó la resolución.

Se evalúa que pudo haber cambios edilicios, anexo de rubros y/o cambio de firma en los locales, aún sin haber obtenido la correspondiente autorización de la Intendencia.
 
Estas situaciones hacen que se considere adecuado dar un plazo a las empresas con habilitaciones comerciales anteriores al 31 de julio de 2010 para que se presenten a actualizar la información y acreditar el mantenimiento de los requisitos necesarios. Se otorgarán 3 meses para normalizar los casos, en un plazo contado desde que sea publicada en un medio local.

De no hacerlo, se revocará la habilitación.

 

 

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