TRANSPARENCIA
El ejercicio del derecho de acceso a la información pública (Ley No. 18.381 de 17 de octubre de 2008) se encuentra garantizado en el ámbito de la Intendencia de Paysandú, acorde con la normativa legal vigente. Las solicitudes de acceso deben presentarse en la Dirección de Secretaría, subsuelo del Palacio Municipal, Zorrilla de San Martín y Sarandí.
El ejercicio del derecho es gratuito (artículo 17 de la Ley Nº 18.381), requiriéndose, a efectos de asegurar el adecuado seguimiento y cumplimiento por parte de las oficinas de la Intendencia y de los municipios del Departamento, que la solicitud -dirigida al señor Intendente - sea cumplimentada en un formulario, de modo de posibilitar la pronta respuesta de las diversas reparticiones que pudieran tener relación con el objeto de la solicitud.
En ese formulario el solicitante deberá proporcionar los datos requeridos por el artículo 13 de la misma ley. En lo referente al literal C) del citado artículo, la Intendencia suministra la información solicitada, en principio, en formato papel. La fotocopia de los elementos documentales y el uso de otros soportes son de cargo del solicitante, de acuerdo al ya citado artículo 17.
Ley Nº 18.381
Artículo 5º. (Difusión de la información pública). Los sujetos obligados deberán prever la adecuada organización, sistematización y disponibilidad de la información en su poder, asegurando un amplio y fácil acceso a los interesados.
Los organismos públicos, sean o no estatales, deberán difundir en forma permanente, a través de sus sitios web u otros medios que el órgano de control determine, la siguiente información mínima:
1. Su estructura orgánica
1. Organigrama
2. Las facultades de cada unidad administrativa
1. Se encuentran incluidas en el Presupuesto Departamental, período 2016-2020
3. La estructura de remuneraciones por categoría escalafonaria, funciones de los cargos y sistema de compensación
INTENDENCIA MUNICIPAL DE PAYSANDU
DIRECCION DE HACIENDA - OFICINA DE CONTADURIA | |||
RETRIBUCIONES A PARTIR DE 01/07/2020 | |||
Cargo | Sueldo Nominal | Gastos de representación | Total nominal |
INTENDENTE DEPARTAMENTAL | $ 234.898 |
$ 78.297 |
$ 313.195 |
SECRETARIO GENERAL | $ 187.916 |
$ 62.635 |
$ 250.551 |
DIRECTOR GRAL DEPARTAMENTO | $ 164.425 |
$ 164.425 | |
ALCALDES ( Q13 ) | $ 97.912 | $ 97.912 |
ESCALAFÓN MUNICIPAL - 1 de julio de 2020 |
||
GRUPO OCUPACIONAL |
||
A | Técnico Profesional |
Grados 12 a 8 |
B | Técnico |
Grados 9 a 4 |
C | Administrativo |
Grados 12 a 1 |
D | Especializado |
Grados 11 a 3 |
E | Oficios |
Grados 9 a 1 |
F | Servicios auxiliares |
Grados 8 a 1 |
J | Docentes |
Grados 7 a 1 |
Q | Particular confianza |
Grados 13 |
GRADOS | RETRIBUCION |
13 | $ 97.912 |
12 | $ 81.593 |
11 | $ 79.993 |
10 | $ 66.661 |
9 | $ 55.551 |
8 | $ 46.292 |
7 | $ 40.607 |
6 | $ 35.620 |
5 | $ 31.246 |
4 | $ 29.202 |
3 | $ 27.292 |
2 | $ 25.506 |
1 | $ 23.837 |
1. Funcionarios en Comisión 2017
2. Funcionarios en Comisión 2018
3. Funcionarios en Comisión 2019
4. Información sobre presupuesto asignado, su ejecución, con los resultados de las auditorias que en cada caso corresponda
1. Recursos financieros
» Rendición de cuentas 2019
» Otros
5. Concesiones, licitaciones, permisos o autorizaciones otorgadas, especificando los titulares o beneficiarios de éstos
2. Todos los llamados
3. Adjudicaciones
6. Toda información estadística de interés general, de acuerdo a los fines de cada organismo
1. Estadísticas (No disponible)
2. Archivos
a. Ley 18.220
b. Decreto Nº 355.012
c. Resolución Nº 1617 del Archivo General de la Nación (AGN) - Plazos mínimos de conservación de series documentales de gestión humana para todas las instituciones del Sistema Nacional de Archivos, a considerar por los sujetos obligados de la Ley Nº 18.220 del 20 de diciembre de 2007
d. Resolución de creación de la Comisión de Evaluación Documental Institucional, del Ministerio de Cultura
e. Circular interna de la Intendencia de Paysandú
f. Formulario de Identificación y Valoración de Series Documentales
g. Acta de eliminación
h. Tabla de Plazo Precaucional de Documentos. Aprobada por Decreto Nº 428/999
7. Mecanismos de participación ciudadana, en especial domicilio y unidad a la que deben dirigirse las solicitudes para obtener información
2. Derecho a la información - Correo: accesoalainformacion@paysandu.gub.uy